martes, 17 de mayo de 2011

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO SALESIANO PIOX

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO SALESIANO PIOX
Equipo de Conducción Escolar
Instituto Salesiano Pío X
Córdoba, Capital Marzo 2007

PRESENTACIÓN
El presente extracto del Reglamento Interno tiene como objetivo presentar en forma clara las normas que guíen el normal desenvolvimiento de Padres y Alumnos del INSTITUTO PIÓ X, perteneciente a la Institución Salesiana San Francisco Solano.
Este Documento Institucional es la concreción de las opciones educativas realizadas por un determinado Proyecto Educativo Pastoral, teniendo en cuenta la visión del hombre y del mundo contenida en el Ideario: La Propuesta Educativa de las Escuelas Salesianas.
Este Reglamento Interno es la adaptación del Reglamento Interno para las Unidades Escolares de la Institución Salesiana San Francisco Solano y del documento Gestión y la Convivencia Escolar elaborado por todas las Obras Salesianas de Argentina, teniendo en cuenta el marco establecido en la Ley de Educación Nacional (Ley 26206), en la legislación vigente en la Provincia de Córdoba y los siguientes documentos:
• Estatuto del Docente Primario y Preprimario (Decreto Ley 1910/E/57)
• Estatuto de la Docencia Media, Especial y Superior (Decreto Ley 214/E/63)
• Ley de Enseñanza Privada (5326)
• Ley Provincial de Educación (8113)
. Ley de Contrato de Trabajo (13047)
• El Ideario: la propuesta Educativa de las Escuelas Salesianas
• XV Capítulo Inspectorial de la Institución Salesiana S. F. Solano (1987)
• Asamblea Inspectorial de Salesianos y Laicos (1993)
• Reglamento Interno para las Unidades Escolares, Institución Salesiana San Francisco Solano Marzo 1996
• La Gestión y la Convivencia Escolar. Según la propuesta Educativa
Salesiana, Febrero 2001
• Directorio Inspectorial. Inspectoría Salesiana S. F. Solano Córdoba 2005

Artículo 23: Los DOCENTES.
Son los primeros responsables del proceso de enseñanza y aprendizaje.
Son propuestos por el directivo responsable del nivel y designados por el Representante Legal, teniendo en cuenta la identificación con el Ideario y los requisitos de la legislación vigente.
Artículo 24: Los docentes gozan de los derechos y deberes que establece la Ley de Educación Nacional en el artículo 68, 69 y 72; Estatuto de la Docencia Media, Especial y Superior (Decreto Ley 214/E/63) en los artículos 7°, 5° y 6°, Reglamento General de Escuelas de Enseñanza Media y Especial (Res. 979/63 D.E.M.E.S.) en los artículos 21°, 22°, 23°, 24° y 25°; Estatuto del Docente Primario y Preprimario (Decreto Ley 1910-E-57) en los artículos 5° y 4°; Ley Provincial de Educación (8113) artículos 6 y 9 respectivamente, y Ley de Régimen de Enseñanza Privada (Ley 5326) en los artículos 7 inc. d) y e), 35, 36 y 37.
Particularmente se comprometen a:
1. Brindar testimonio cristiano en la vida y en la enseñanza específica de sus asignaturas, en plena sintonía con el Ideario y las directivas del Instituto.
2. Participar activamente en la Comunidad Educativa a través de: reuniones de Docentes, reuniones de Departamento de Materias Afines y Áreas, actos y celebraciones, comunicación con los Padres y demás actividades que el Instituto programe conforme al Ideario.
3. Ser responsable del propio perfeccionamiento y actualización continua en lo pedagógico, curricular y en el marco de las opciones propias del Ideario, tendiendo a una mayor calidad educativa.
4. Colaborar con la buena marcha técnico administrativa del Instituto, confeccionando con responsabilidad y en término la documentación reglamentaria y las que dispongan las autoridades y concurriendo puntualmente al desempeño de sus tareas.
5. Manifestar equilibrio y madurez a través de sus actitudes de diálogo y apertura en las relaciones educativas.
6. Observar buena conducta, y gozar de un buen concepto moral y social dentro y fuera del establecimiento.
7. Dirigirse hacia sus pares con un trato correcto y actitud de respeto desechando toda soberbia y murmuraciones que no hacen a una comunidad.
8. Estar abiertos y disponibles para recibir sugerencias y propuestas desde lo pedagógico que tiendan a su crecimiento personal y profesional.
9. Crear un clima de diálogo, acorde a nuestro estilo educativo salesiano, mediante la acogida, el respeto y el trato correcto hacia los Alumnos y demás miembros de la Comunidad Educativa,
10. Impartir la enseñanza con arreglo al plan de estudios y programas vigentes, siguiendo las indicaciones del Director de la Unidad Educativa,
11. Preparar sus clases con suficiente antelación previendo el material didáctico necesario - adecuado a la edad de los Alumnos -, realizando un control diario de tareas, de modo que propenda a crear en el educando la actitud deseable de seguir aprendiendo.
12. Imprimir a toda su acción docente, un elevado carácter educativo, cooperando corresponsablemente con las autoridades directivas y lo dispuesto como itinerario formativo institucional en los Contenidos Actitudinales, en el desarrollo de correctos hábitos y tendencias de los Alumnos, dentro de un ambiente de respeto y cortesía.
13. Coadyuvar al mantenimiento del orden y de la disciplina en la Unidad
a. Escolar y fuera de ella y conservarlo durante el desarrollo de sus clases bajo su única responsabilidad, valiéndose del ascendiente profesional que hace a la dignidad docente.
14. Acompañar a los Alumnos en el izamiento de la Bandera y los Buenos Días; como así también en los recreos colaborando con el Sistema Preventivo Salesiano.
15. Colaborar con el cuidado de las instalaciones y bienes muebles del Instituto que se ponen al servicio de Docentes y Alumnos, haciendo buen uso de los mismos; velando por la integridad física de todos, y comunicando a la autoridad que corresponda cualquier novedad al respecto,
16. Conducir a los alumnos desde el lugar de formación hasta el aula.
17. Para el Nivel Medio, asentar diariamente en el Libro de Temas de la división, el tema a desarrollar en la forma que establece la reglamentación vigente.
18. Para el Nivel Medio, llevar una libreta en la que se registrará con tinta, las calificaciones de los Alumnos, según la escala establecida por la legislación vigente. Esta libreta permanecerá en el Establecimiento.
19. Elevar a la autoridad de nivel el programa, planificaciones y proyectos de la/s asignatura/s a su cargo, en tiempo y forma.
20. Mantener comunicación actualizada con los Padres a través del Cuaderno de Comunicaciones del Alumno, de las calificaciones parciales del proceso de aprendizaje, en particular de aquellos Alumnos que no cumplan con sus obligaciones de estudio y conducta.
21. Hacer uso de la palabra en los actos escolares, cuando sea designado por el Director debiendo ajustarse por su contenido y espíritu a la función educativa y cultural de la Unidad Escolar iluminado por la Fe y dentro de la más pura tradición argentina, de los principios y espíritu de la Constitución Nacional y de un sano nacionalismo.
22. Asistir puntualmente a las clases, exámenes, reuniones de departamento, reuniones de docentes, talleres, y demás actos convocados por la Institución.
23. En caso de verse obligado a faltar a sus obligaciones por razones ineludibles, deberá ajustarse al procedimiento indicado en la Institución para las solicitudes de justificaciones de inasistencias y tardanzas.
24. Evaluar en forma permanente y continua el desarrollo del programa de estudios a su cargo, en orden a la mejora del proceso de enseñanza - aprendizaje, a fin de ir ajustando la labor en procura de mejores niveles de calidad educativa.
25. Entregar las notas obtenidas por los alumnos cuando la Dirección estipule como fecha límite, ajustándose a la legislación vigente.
26. La presentación personal debe ser digna de la misión docente; y acorde a los usos y sanas costumbres de la Institución Salesiana.

Está prohibido a los Docentes:
 Realizar tareas de trabajos particulares o distintos a las concernientes al espacio curricular que dicta durante las horas de clases.
 Interrogar a los Alumnos a los efectos de la calificación sobre asuntos que no hayan sido previamente tratados y explicados en clase.
 Retener a los Alumnos en el curso durante el recreo.
 Calificar con nota 1 (uno) por mala conducta en horario de clase.
 Escribir mensajes en el Libro de Tema después que ha sido observado y corregido por la Dirección.
 Permitir salir a los Alumnos del curso por más que hayan finalizado una evaluación.
 Separarse del aula, o dar por terminada la lección y /o clase si no lo es por enfermedad o causa que la Dirección considere de excepción antes de la hora de finalización, y nunca sin entregar la clase al Preceptor.
 Delegar la clase y retirarse de la misma, dejando a cargo al Preceptor o Personal Auxiliar aunque se trate de clases prácticas o de repaso, dentro del horario asignado a su asignatura.
 Adoptar decisiones por sí mismo en asuntos que atañen a toda la Unidad Escolar o a gran parte de ella.
 Convocar a reuniones de Padres o de Alumnos, dentro o fuera de la Unidad Escolar, u organizar actividades en nombre del Instituto sin el consentimiento de la autoridad correspondiente.
 Preparar Alumnos del Instituto, en forma particular aunque no sea en los espacios auriculares propios.
 Mantener relación de índole comercial con los Alumnos del Instituto, sin la autorización del Representante Legal.
 Fumar en las instalaciones de la Unidad Escolar, según Ley Provincial 9113.
 Utilizar Teléfonos Celulares mientras esté a cargo de Alumnos.